El
proyecto del Plan de Gobierno 2014-2018, que se presentan a la consideración de
la población electoral, por parte de los, CANDIDATOS
A CONCEJAL postulados por el
MOVIMIENTO ECOLÓGICO DE VENEZUELA para las diferentes circunscripciones
electorales del MUNICIPIO LIBERTADOR DEL
ESTADO MÉRIDA, de conformidad a la norma contenida en el Artículo 86 de la
Ley Orgánica del Poder Público Municipal, está organizado en líneas
estratégicas, que enfatizan las propuestas del programa de gobierno. El
propósito es que sea enriquecido mediante la participación de todos los
sectores que hacen vida en nuestro municipio, de manera de integrar diferentes
visiones y obtener un proyecto que sea el consenso de las aspiraciones de los
habitantes del municipio.
Es
importante entender que los temas aquí tratados, son el resultado de la
interacción de muchos factores en distintas áreas que se apartan de esquemas
funcionales tradicionales.
Para
la sociedad contemporánea, comprometida con el Desarrollo Humano Integral, es
indispensable ofrecerle a las persona, sin discriminación de sexo, raza,
condición social, económica, oportunidades para realizarse plenamente. Por eso
es urgente identificar los componentes del desarrollo que están rezagados y los
que han sido relegados tradicionalmente por las políticas públicas, con el fin
de incorporarlos en las nuevas propuestas, para saldar así la deuda social que
se ha venido acumulando a través de los años. Todos estos elementos, cruciales
para el desarrollo de la sociedad del siglo XXI, nos imponen adelantar
acciones, tomar medidas inmediatas y movilizar considerables recursos
económicos, técnicos y sociales, apoyados en el liderazgo ciudadano, que deberá
orientarse y dirigirse, sobre bases sólidas, para lograr de esta manera la
transformación integral del Municipio Libertador.
En
este sentido, el proceso de participación ciudadana permitirá que la visión
interinstitucional se enriquezca con la interacción de las organizaciones
sociales y académicas, de los ciudadanos, de las instituciones y fuerzas vivas
presentes en nuestro Municipio, así como las recomendaciones de los grupos de
expertos.
Comienza
así una nueva etapa, caracterizada por la reflexión y el debate público del
presente proyecto, la cual nos permitirá afinar las políticas y propuestas de
acción, de tal forma que la versión definitiva del plan, exprese de manera fiel
el sentir ciudadano frente al destino colectivo de la ciudad durante los
próximos cuatros años y hacer de este proyecto un compromiso de toda la
ciudadanía.
EL
PLAN DE GOBIERNO: UN PROYECTO SOCIO-AMBIENTAL INTERGENERACIONAL PARA EL
MUNICIPIO LIBERTADOR.
1. CONQUISTA DE LA CIUDADANÍA
Comenzando
el siglo XXI, el Municipio Libertador se presenta como un Municipio paradójico,
con la fe extraviada por largos años de frustraciones en los que ha visto
aplazados sus sueños de equidad, productividad y convivencia armónica; habitado
por gente de gran vitalidad, que ha padecido un constante deterioro de su
calidad de vida, producto de malas gerencias municipales que durante décadas se
han olvidado de sus ciudadanos y de su principal rol que es el de
planificadores y ejecutores de políticas públicas acertadas, que lleven al
Municipio Libertador por la senda del crecimiento socio-ambiental. Pero al
mismo tiempo que se siente el peso de las desigualdades, están surgiendo unas
nuevas generaciones con mentes abiertas y creativas dispuestas a innovar y crear
riquezas con sentidos solidarios, animadas por el tradicional empuje y
entusiasmo de nuestra tierra. En fin, encontramos expresiones que hablan de la
urgencia de un cambio significativo en el modelo de desarrollo para los años
venideros.
El
Plan de Gestión Socio-Ambiental 2014-2018 se centra en el impulso humano, lo
cual significa que las personas son la verdadera riqueza, y por lo tanto serán
ellas quienes haciendo uso de sus derechos y deberes, con todas sus capacidades
física e intelectuales al servicio de todos, conquistarán el fin común, en base
que reconozcan su participación en las decisiones que afectan sus vidas, que
considere el crecimiento socio-ambiental intergeneracional como un medio y no
como un objetivo, que proteja las oportunidades de la vida de las generaciones
actuales y futuras, y respeten los sistemas naturales de los que dependen todos
los seres vivos. Con este enfoque de privilegios para el ser humano por encima
de cualquier otra consideración, se inicia la construcción colectiva del
municipio como un “ente” gobernable, incluyente, sustentable-sostenible, global
y competitivo.
Estos
cinco objetivos son la carta de culminación para lograr la transformación ideológica
del Municipio Libertador, deben ser entendidos en su verdadera dimensión para
lograr la transformación integral en un MUNICIPIO
ECOLÓGICO que garantice la vida de las personas y haga posible los sueños
de progreso de todos los Merideños, presentes y futuros.
En
síntesis, asumir el reto intergeneracional como direccionador de las políticas
y estrategias de desarrollo, supone trabajar simultáneamente en tres
direcciones: La competitividad en lo económico, las sustentabilidad en los
ambientes y la inclusión en lo social. Pero también supone a las personas como
seres que participan activamente en la definición de su propio destino y no
como simples receptores pasivos de ingeniosos programas de desarrollo.
3. MODELOS DE GESTIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN
Para
que el Municipio Libertador deje de ser una idea del pasado y se convierta en
un municipio conquistado por sus habitantes, es necesario realizar cambios en
la forma de gestionar los asuntos públicos, de hacer política, de relacionarse
las personas y las organizaciones tanto públicas como privadas; lo que implica
un giro drástico en la vida en que se promueve el desarrollo. Se debe partir de
la inteligencia colectiva, porque el desarrollo depende del esfuerzo creativo
de toda la ciudadanía y no de la naturaleza, o de la suerte. Estos consensos
deben generar responsabilidades en todas las direcciones y en esta forma
adquiere sentido el concepto de la corresponsabilidad como modelo de gestión.
La
corresponsabilidad social implica una cultura ciudadana para que valore y le
otorgue significado a lo público. Debe ser asumida como una política local que
caracteriza las formas de gobernar e integrar a los ciudadanos en los
programas, proyectos y acciones del Plan de Desarrollo Participativo, como
marco y ruta orientadora de la Administración Municipal.
Pero
la corresponsabilidad toca diversos niveles territoriales y políticos en los
cuales se involucran diferentes instancias y por lo tanto reclaman del
municipio compromisos concretos. Ahora se hace necesario promover el principio
de solidaridad territorial como base
para la construcción de un modelo de desarrollo incluyente y descentralizado,
fundamentado en la complementariedad de las parroquias, en las cuales la
cooperación territorial sea una condición para la competitividad y la
proyección regional, nacional e internacional.
En
este contexto de corresponsabilidad territorial se desarrollaran capacidades
institucionales para incidir en las decisiones de política y de investigación,
que favorezcan el desarrollo del municipio, y se promoverá la creación de un
bloque entre el ayuntamiento municipal, los gobiernos locales, y organizaciones
públicas, privadas y sociales, que trabajen en Pro de los objetivos propuestos
para la región. Así mismo, será fundamental dinamizar las relaciones del
municipio con el resto de sus municipios circunvecinos, para lo que se diseñara
un programa de cooperación interinstitucional.
Estos
espacios de concentración y alianzas fundamentalmente con otros municipios,
pero también con el estado, el país y la comunidad internacional tienen como
fundamento la unión de los actores públicos, privados y comunitarios, alrededor
de un propósito común. Por esta razón, el gobierno local liderará y promoverá
la formulación de un proyecto compartido de municipio y de región para el largo
plazo, orientado en la perspectiva de la globalización, y sobre la base de la
articulación de procesos económicos, sociales, políticos y culturales que
encajen con una planificación global a largo plazo. Dicho proceso parte de una
concepción clara de que el desarrollo local se encuentra integrado a la región,
al país y al ámbito internacional, y que necesita una visión de largo plazo
para su consolidación.
4. LOS PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN PÚBLICA
Las
personas del municipio, esperan cambios fundamentales en la forma de ejercer la
gestión pública por parte de sus autoridades municipales legislativas, y la ejecutiva,
administración liderizada por el alcalde, asumirá el compromiso de actuar bajo
los siguientes principios innegociables.
- Los
dineros públicos son sagrados.
- La
gestión de lo público es transparente. La Administración debe rendir cuentas de
todo lo que se hace, con quien lo hace, como lo hace, cuando lo hace y con
cuanto lo hace.
- No
aceptaremos transacciones de poder político por intereses burocráticos o
económicos.
- El
ejemplo de las autoridades es la principal herramienta pedagógica de
transformación cívica.
- Planificación
sin improvisación.
- Eficiencia
y eficacia de los programas y proyectos.
- Las
relaciones con la comunidad serán abiertas y claras y se desarrollaran a través
de los espacios de participación ciudadana.
- El
interés público prevalecerá sobre los intereses particulares.
- La
sociedad y la cooperación son la base de las relaci ones del municipio con la
región, con la nación y la comunidad internacional.
- Los
Derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional, en la Ley Orgánica del
Poder Público Municipal y demás normas de nuestro ordenamiento jurídico, son el
norte de nuestra actuación.
EL
PLAN DE GOBIERNO: UN PROYECTO SOCIO-AMBIENTAL INTERGENERACIONAL PARA EL
MUNICIPIO LIBERTADOR.
El
Programa de gobierno que se propone, el equipos de ediles postulados por el
MOVIMIENTO ECOLÓGICO DE VENEZUELA, refleja la situación Municipio, que aunque
de manera general porque no se trata de un Plan de Desarrollo sino tan solo de
una propuesta de Gobierno se constituye en la base para orientar la gestión en
los próximos cuatro años; pero este Programa de Gobierno no se hará realidad,
si la ciudadanía, por su parte, no toma una decisión responsable frente al
futuro de su territorio municipal, futuro que en buena medida está sujeto a la
gestión que adelante como Ediles del Municipio de Libertador, una vez electos
por voto mayoritario de la misma ciudadanía. En otras palabras, las ciudadanas y
los ciudadanos merideños no solo son corresponsables de su propio desarrollo,
sino que, a través de los diferentes mecanismos de participación, deben velar
porque como candidatos les garanticemos sus derechos y libertades proponiendo
alternativas serias que permitan “avanzar
hacia el desarrollo integral e intergeneracional de nuestro querido Municipio”.
¿Qué es un Programa de Gobierno? Es el instrumento a
través del cual los candidatos (as) presentan su compromiso con los electores
respecto a la construcción colectiva del desarrollo esperado en su territorio;
en otras palabras, es el pacto colectivo entre candidatos, candidatas y
electores para: Mejorar la calidad de vida de la población, bajo un enfoque de
sostenibilidad; es decir, que propicie armonía entre el bienestar de la
población, el uso del territorio, la conservación y protección de los recursos
naturales, los servicios ecosistémicos prestados y las actividades
productivas.
- Aumentar y cualificar la participación de la ciudadanía en los procesos
decisorios de la gestión pública y promover el control social.
- Promover los principios básicos que sustentan los derechos ciudadanos:
LIBERTAD, IGUALDAD, MORALIDAD, EFICIENCIA, ECONOMÍA, CELERIDAD, IMPARCIALIDAD, PUBLICIDAD,
VALORIZACIÓN DE COSTOS AMBIENTALES, EFICACIA, EQUIDAD, FRATERNIDAD Y NO
DISCRIMINACIÓN.
- Integrar los DDHH (universales, indivisibles e interdependientes) a la agenda
de desarrollo: luchar contra la pobreza, promover la equidad de género,
proteger el medio ambiente, procurar el desarrollo de mejores condiciones de
convivencia, seguridad y desarrollo de la paz, y hacer una gestión pública
admirable.
- Contribuir con la integración de la planeación económica y social con la del
desarrollo territorial del municipio plasmado en el Plan de Ordenamiento Urbano
POU.
En
este Programa de Gobierno se plantean las apuestas de desarrollo con las cuales,
el equipo de ediles postulados por el MOVIMIENTO ECOLOGICO DE VENEZUELA, se
comprometen durante el período de gobierno 2014-2018, y la ciudadanía merideña
como protagonista del proceso democrático y como gestora de su propio
desarrollo, tiene la responsabilidad de elegir el Programa del candidato(a) que
considera representa mejor los intereses del territorio; por ello considero que
nuestra propuesta es la más ajustada, ya que es nuestro compromiso una vez
elegidos como CONCEJALES del
ayuntamiento del Municipio de Libertador, el Programa de Gobierno se convierta
en un mandato ciudadano; lo que no ha sucedido con los históricamente
presentados por quienes han sido CONCEJALES
y le han incumplido a la comunidad; por ello seremos consciente que su
incumplimiento puede llevar a la revocatoria del mandato (Art. 72 y 233 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada 1999).
El
Programa de Gobierno se constituye en el pilar fundamental de la democracia
participativa de la que por primera vez deben hacerse parte los merideños y las
ciudadanas merideñas, es el requisito para formalizar las aspiraciones que tenemos
para ser elegido como mandatario del AYUNTAMINETO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR, y
poder realizar el proceso proselitista, que le permita a la ciudadanía elegir
el mejor Programa por su contenido, y por la viabilidad y pertinencia de las
propuestas que ponemos a su consideración.
FUNCIONES
DE GOBIERNOS PARA EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL
La Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, aprobada en 1999, establece en su Artículo 175 que la función legislativa en los municipios
corresponde al Concejo Municipal:
Artículo 175. “La función legislativa del Municipio corresponde al Concejo,
integrado por concejales elegidos o concejalas elegidas en la forma establecida
en esta Constitución, en el número y condiciones de elegibilidad que determine
la ley”.
La Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM)
establece en su Artículo 92 lo
siguiente:
CAPÍTULO III Organización y funciones del Consejo Municipal:
Artículo 92.-
“La función legislativa del Municipio corresponde al Concejo integrado por los
Concejales o Concejalas electos o electas en la forma determinada en la
Constitución y en la ley respectiva. También ejercerá el control político sobre
los órganos ejecutivos del Poder Público Municipal”.
Emitir acuerdos de cumplimiento obligatorio en su jurisdicción, que se
llaman Ordenanzas.
- Supervisar la gestión del alcalde.
- Recibir anualmente el Informe de gestión del alcalde.
- Declarar faltas graves del alcalde por omisión en sus deberes.
- Regular y controlar las actividades de los otros entes municipales.
*Nombrar al Contralor Municipal.
- Aprobar el presupuesto municipal.
- Aprobar cambios de nombre del municipio.
- Autorizar concesiones de servicios públicos.
- Aprobar planes de desarrollo municipal y urbanístico.
- Autorizar las ausencias del alcalde.
También, en muchos casos, deben ratificar decisiones del alcalde para
que éstas puedan tener validez. Cada Concejal tiene derecho a escoger su
personal, según lo que dispongan en sesión de Cámara y ajustados al Presupuesto
Municipal.
De
las Funciones Constitucionales que La Constitución y la Ley Orgánica del
Público Municipal le asignan al concejo municipal en los Artículos antes
citados; se encuentran, intrínsecas a estas, otras no consagradas solamente en
esto artículos sino que existen otros artículos que en forma directa o
indirecta le señalaban atribuciones adicionales a la Cámara Municipal y por en
a los CONCEJALES. Así tenemos, que corresponde a los concejos:
- Reglamentar
las funciones y la eficiente prestación de los Servicios a cargo del municipio.
- Adoptar
los correspondientes planes y programas de Desarrollo económico y social y de
obras públicas.
- Autorizar
al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro Tempore precisas funciones de
las que corresponden al concejo.
- Votar
de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.
- Dictar
las normas orgánicas del presupuesto y expedir Anualmente el presupuesto de
rentas y gastos.
- Determinar
la estructura de la Administración Municipal y las Funciones de sus
dependencias; las escalas de remuneración Correspondientes a las distintas
categorías de empleos; crear, a Iniciativa del Alcalde, establecimientos
públicos y empresas. La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado
estima que “la celebración de contratos por parte del alcalde requiere siempre
de autorización del respectivo concejo municipal. Dicha corporación puede
otorgarla en forma genérica, específica, temporal o indeterminada. La
celebración de contratos sin la debida autorización del concejo municipal,
puede dar lugar al delito de celebración indebida de contratos por falta de
requisitos legales para hacerlo, tipificado en el Código Penal de Venezuela”. La potestad impositiva corresponde en
forma privativa e indelegable a las corporaciones públicas de elección popular.
Es inconstitucional que el concejo faculte al alcalde para dictar el estatuto
de valorización municipal.
- Reglamentar
los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y
controlar las actividades relacionadas como la Construcción y enajenación de
inmuebles destinados a vivienda.
- Elegir
personero para el período que fije la ley y los demás Funcionarios que esta
determine.
- Dictar
las normas necesarias para el control, la preservación y Defensa del patrimonio
ecológico y cultural del municipio.
- Las
demás que la Constitución y la ley les asignen.
COMPROMISO
DE CORRESPONSABILIDAD DE GOBIERNO
Para
el MOVIMIENTO ECOLOGICO DE VENEZUELA es de suma importancia brindar igual
condiciones a CONCEJALES SUPLENTES en los mismos términos que los CONCEJALES
PRINCIPALES, en tal virtud el MOVEV insta a los CONCEJLAES PRINCIPALES a
cumplir el mandato, como propuesta de gobierno, que a continuación se enuncia:
“Como CONCEJAL
PRINCIPAL me comprometo a cumplir que mi CONCEJAL SUPLENTE, como parte de mis
promesas electorales y en un gesto de confirmar ser un verdadero demócrata, se
incorporará cada DOS (2) MESES a la Cámara Municipal; estableciendo como
CONCEJAL PRICIPAL, dos meses para mi persona y dos meses para el suplente o
cuando, por razones especiales requiera su incorporación para la mejor
realización de su trabajo político. Como CONCEJAL PRINCIPAL acepto compartir la
dieta y otros privilegios con el CONCEJAL SUPLENTE y cualquier otro beneficio
que, como concejal principal obtenga. Si después de ser electo como CONCEJAL
PRINCIPAL no cumpliese con dicho COMPROMISO DE CORRESPONSABILIDAD, asumo, con
conocimiento de causa y en pleno uso de mis facultades mentales, que el
CONCEJAL SUPLENTE perfectamente, podrá actuar de manera legal ante el Poder Electoral el incumplimiento que
sobre el particular he realizado como CONCEJAL PRINCIPAL asumiendo, como
corresponde por ley, que el Poder Electoral, sancionara con multa y hasta
inhabilitación al CONCEJAL PRINCIPAL por incumplimiento de lo establecido en
este PROGRAMA DE GOBIERNO”.